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AME contacta con los grupos politicos del Congreso ante la Proposicion de Ley derechos y garantías de la dignidad de la persona ante el proceso final de su vida.

El pasado viernes 6 de Abril de 2018 la Asociación Madrileña de Enfermería registró en el Congreso de los Diputados una petición de subsanación a todos los grupos parlamentarios ante la Proposición de Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona ante el proceso final de su vida, que se tramita actualmente en dicho organismo.

Los grupos parlamentarios a los que se las ha hecho llegar dicha petición, han sido todos los que ostentan actualmente representación en el Congreso de los Diputados: Partido popular (PP), Partido socialista obrero español (PSOE), Unidos podemos, En comú, En Marea, Ciudadanos, Esquerra Republicana de Cataluña (ERC), EAJ- Partido nacionalista vasco (EAJ-PNV), Partido demócrata catalán (PDeCat), Compromís, Unión del pueblo navarro (UPN), EH-BILDU, Coalición canaria (CC), Foro asturias y Nueva canarias.

Desde la Asociación Madrileña de Enfermería (AME) creemos que dicha Proposición de Ley no recoge la labor de las enfermeras como responsables directas de los cuidados al final de la vida de sus usuarios, ni da seguridad jurídica a su actuación en este ámbito.

Esperamos que pronto sean incluidas todas ellas en el articulado de dicha Proposición.

El texto íntegro de dicha petición es el siguiente:

La Asociación Madrileña de Enfermería Independiente (AME) una vez que ha analizado la  Proposición de Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona ante el proceso final de su vida que se tramita actualmente en el Congreso de los Diputados (122/000051), y actualmente en fase de informe de ponencia en Comisión quiere DENUNCIAR PÚBLICAMENTE que de nuevo las enfermeras son las grandes olvidadas en la tramitación de una ley básica estatal que regula todo el proceso asistencial del final de la vida; la atención al paciente no es un ámbito que compete en exclusiva a los médicos; son las enfermeras las que se manera más directa y próxima acompañan al paciente y a la familia en el proceso final de su vida, tanto en el ámbito hospitalario, como en el extrahospitalario (domicilio, residencias,…)  Una vez visto con detenimiento el articulado de la proposición de ley se observa el marcado carácter médico de la proposición de Ley.  Las enfermeras no son observadores ajenos en el proceso final de la enfermedad de los pacientes. Las enfermeras son las responsables directas en la dirección de los cuidados, y por ello las decisiones asistenciales de las enfermeras en dichas etapas finales en la vida de una persona deben tener un valor y peso jurídicamente relevante. Las enfermeras deben tener herramientas jurídicas que las respalden en la defensa de la dignidad de los pacientes y de sus familias.

Es precisamente en dichas fases finales en las que la dirección, evaluación y prestación de los cuidados de enfermería adquieren una mayor relevancia; y por ello en dicha proposición de Ley se deben introducir enmiendas que pongan en valor y relevancia la necesaria autonomía científico-técnica que deben tener las enfermeras en las fases finales de la enfermedad.  En este sentido solicitamos a los GRUPOS PARLAMENTARIOS AHORA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, Y LUEGO EN EL SENADO INTRODUZCAN LAS MEJORAS NECESARIAS EN LA REDACCIÓN DEL TEXTO PROPUESTO. Desde AME queremos manifestar que se ha constituido un Grupo de Trabajo para remitir a los Grupos Parlamentarios unas propuestas de enmiendas al articulado debidamente motivadas para que se puedan introducir en fase de tramitación en el Senado.  Las líneas de las enmiendas que presentaremos a las Cortes Generales son:

 

  1. Definición legal de Enfermera responsable en el proceso de información y consentimiento informado.
  2. Limitar los supuestos de objeción de conciencia, pues puede suponer una clara limitación de los derechos de los pacientes.
  3. Definir en término de igualdad la decisión médica y enfermera en fases finales y agónicas.
  4. Garantizar de forma homogénea en todo el Estado el acceso de las enfermeras al registro de Instrucciones Previas de los pacientes bajo su cuidado, para ofertarle sus servicios con criterios de calidad y seguridad.
  5. Incluir la figura de la enfermera interlocutora con la familia en supuestos de constancia de existencia de instrucciones previas (enfermera gestora de pacientes en el proceso de morir).

 

 

Dada la especial relevancia del tema desde AME se hará un detenido y exhaustivo seguimiento de la tramitación de esta proposición de ley, incluyendo la petición de reunión con los grupos parlamentarios para llevar las demandas de las enfermeras al articulado de la proposición de ley.

 Quedamos a su entera disposición pos si creen conveniente mantener una reunión para profundizar en nuestra petición.

Atentamente.

 

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