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Modelo de alegaciones ante el proyecto de modificación de estatutos del CODEM.

Estimad@s amig@s y compañer@s.

Desde AME queremos haceros llegar un modelo de escrito para presentar ante el CODEM contra el Proyecto de Modificación Estatutaria que quiere aprobar la “actual junta de gobierno” para hacer desaparecer la celebración de Asambleas de colegiados y con ello cualquier atisbo de democracia en nuestro colegio profesional.
Queremos mantener nuestros derechos.

Junta Directiva AME.

 

COLEGIO DE ENFERMERÍA DE MADRID (CODEM) JUNTA DE GOBIERNO

Don/Doña…………………………………………………………………………………………………………………………….. con número de colegiado/a :……………………………………………………………., y con domicilio a efectos de NOTIFICACIÓN…………………………………………………………………………………………………………………, mediante el presente escrito vengo a Presentar Alegaciones ante el Proyecto de modificación parcial del artículo 15 de los Estatutos particulares del Colegio Oficial de Enfermería de Madrid (en adelante, Proyecto de Reforma de Estatutos).

ALEGACIONES.

1ª.- Este colegiado quiere advertir a la Junta de Gobierno del CODEM de su anómalo proceder pues en el mismo día que hace pública la apertura del plazo de alegaciones ante la modificación parcial del artículo 15 de los Estatutos Particulares del CODEM hace público el Proyecto de Reglamento de Régimen Interior sobre régimen de actuación de la Junta General por medio de colegiados compromisarios, y en que lo que subyace es una REFORME ESTATUTARIA ENCUBIERTA, modificando la piedra clave de la participación democrática de los colegiados mediante un procedimiento en el que concurren flagrantes características de nulidad de pleno derecho ex artículo 47 de la Ley 39/2015 en relación con las previsiones del artículo 36 CE, Ley 2/1974 de Colegios Profesionales, Ley 19/1997 de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid y los vigentes Estatutos del CODEM.

2ª.- Hecha la previa advertencia de naturaleza sustancial y esencial ante los miembros de la Junta de Gobierno y que por imperativo constitucional están sometidos a la CE y al resto del ordenamiento jurídico, y cuya actuación está sometida a las previsiones legales sobre responsabilidad jurídica tanto individual como institucional, este COLEGIADO realiza las siguientes propuestas en relación con el Proyecto de Reforma de Estatutos.

Primera: Alegación de Eliminación; este Colegiado solicita que el propuesto artículo 15 del Proyecto de Reforma de Estatutos sea eliminado por contravenir el artículo 36 de la CE, y vacía de contenido la democracia directa en el funcionamiento de la Junta General.

Segunda: Alegación de Propuesta Modificación de Estatuto; este Colegiado propone nueva redacción al artículo 15 de los Estatutos del CODEM: “Artículo 15 La Junta General es el Órgano Soberano de Gobierno del Colegio Oficial de diplomados en Enfermería de Madrid y se reunirá, con carácter ordinario, dos veces dentro de cada año natural correspondiente, donde se aprobarán el plan estratégico anual, presupuestos, balances, la gestión de la Junta de Gobierno y la Memoria Anual. Por otro lado, le corresponde a la Junta General la aprobación de reglamentos de régimen interno a propuesta de la Junta de Gobierno.

Todos los colegiados incorporados con anterioridad a la fecha de la convocatoria de la Junta General podrán asistir, con voz y voto, a las Juntas Generales Ordinarias y Extraordinarias que se celebren. El voto en las Juntas Generales deberá ser personal y directo. No obstante, los colegiados podrán delegar su voto en otro colegiado, en todas las Juntas Generales, tanto Ordinarias como Extraordinarias. La delegación, que deberá ser especial para cada Junta General, se acreditará ante la Secretaría del Colegio, en la forma en que disponga la Junta de Gobierno, que deberá detallarse al realizar la convocatoria de cada Junta General. Solamente se admitirán las delegaciones de voto que tengan entrada en la Secretaría del Colegio antes de las 12:00 horas del día anterior al de celebración de la Junta General. La asistencia personal del colegiado a la Junta General tendrá valor de revocación de la delegación conferida. Las delegaciones de voto podrán ser examinadas por cualquier colegiado que asista a la Junta General. En la medida en que los avances tecnológicos lo permitan y de acuerdo con las disponibilidades de medios materiales y personales del Colegio, la Junta de Gobierno regulará el voto en las Juntas Generales por medios electrónicos, telemáticos o informáticos, aprobando unas normas que garanticen el carácter personal y directo del voto. El voto de los colegiados ejercientes computará con doble valor que el de los no ejercientes.” Sin más consideraciones, admita las alegaciones presentadas.

Firmado.

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